REGLAMENTO DEL PROGRAMA RECOMIENDANOS

REGLAMENTO DEL PROGRAMA RECOMIENDANOS

CAPITULO I

DEFINICION, OBJETIVOS Y ALCANCES

 Artículo 1. – Definición. Recomiéndanos es la estrategia establecida para el crecimiento de BiblioEspaña – Programa de Promoción de la Lectura, la Escritura y el Multilingüismo en todo el país, mediante el apoyo de los socios que recomiendan e invitan a otras personas a ingresar como socios, por lo cual reciben los ingresos y beneficios establecidos en este Reglamento.

Artículo 2. – Objetivos. Con el Programa Recomiéndanos, se busca lograr los siguientes objetivos:

  1. El crecimiento sostenido del número de socios de BiblioEspaña, para contar con los ingresos operacionales necesarios para el funcionamiento y la prestación de servicios a la comunidad en el país.
  2. Organizar una red nacional de instituciones y personas promotoras de la lectura, la escritura y el multilingüismo, como hábitos que mejoren el nivel educativo y cultural y las competencias comunicativas de los españoles.
  3. Aprovechar la internet y su cobertura nacional para facilitar el crecimiento de BiblioEspaña y el trabajo de invitación que realizan los socios.
  4. Ofrecer a los socios la oportunidad para que puedan construir un ingreso creciente y permanente que garantice su independencia financiera, con su participación por la invitación a vincularse a BiblioEspaña.

Artículo 3. – Principios Básicos del Programa Recomiéndanos.

  1. Participación Libre y Voluntaria. El ingreso de los socios al Programa Recomiéndanos es libre y voluntario, al igual que la permanencia y retiro, que puede darse en cualquier momento, sin requisitos ni condiciones.
  2. Un socio puede decidir no participar del Programa Recomiéndanos, y continuar disfrutando los programas y servicios de BiblioEspaña.
  3. Cada socio puede invitar a máximo 20 nuevos socios. Para el efecto, debe proporcionar a los invitados su usuario o link personal de identificación para que lo ingresen en el formulario de registro.
  4. Los socios de BiblioEspaña pueden residir en cualquier parte del país o del exterior.
  5. La vinculación se realiza por internet a través del portal web institucional BiblioEspaña.com.
  6. Vinculación única. Cada socio podrá participar una sola vez en el Programa Recomiéndanos. Las cuentas múltiples de una persona serán anuladas.

 CAPITULO II

BENEFICIOS

 Artículo 4. – El socio que voluntariamente participe en el Programa Recomiéndanos, tendrá como meta invitar a máximo 20 personas a ingresar como socios de BiblioEspaña, y recibirá los siguientes beneficios:

  1. Creación del Club de Lectura personal, que inicia con los 20 invitados directos y sigue creciendo con los socios que adiciona BiblioEspaña, hasta llegar a tener 8.420 socios en todo el país.
  2. Ingresos. Cada socio recibirá €10 por cada uno de los 20 socios directos que invita, recibiendo un ingreso de €200, y por los socios que le adiciona Colombia Lectora a su Club de Lectura Personal, podrá recibir un promedio de hasta €14.000 mensuales

Estos ingresos se acumularán mensualmente y se girarán dentro de la semana siguiente a la cuenta financiera que reporte a BiblioEspaña.

Cada socio recibe el ingreso tanto por la vinculación de nuevos socios a su Club de Lectura personal, como por las renovaciones semestrales de la membresía, de manera que el ingreso será permanente.

  1. Estímulo adicional. Si un socio recomienda a BiblioEspaña y logra la vinculación de sus 20 invitados directos durante el primer mes a partir de su vinculación, recibirá una Tablet de 10” para mejorar sus actividades académicas, culturales y de trabajo.

Artículo 5. – Los diferentes beneficios que ofrece BiblioEspaña a los socios que participen del Programa Recomiéndanos serán inmediatos una vez se cumplan las metas de vinculación de nuevos socios.

Artículo 6. Propiedad – Los socios de BiblioEspaña que participen del Programa Recomiéndanos, tendrán de por vida la propiedad sobre el Club de Lectura que organicen y sobre los beneficios económicos por la invitación a otras personas a ingresar como socios de BiblioEspaña, conforme a lo establecido en el Artículo 4 de este Reglamento. Para conservar este derecho, deberán mantener vigente la vinculación como socios de BiblioEspaña. Si no se renueva la vinculación, se perderán los beneficios del Programa Recomiéndanos, en forma definitiva.

 Artículo 7. – Cada socio de BiblioEspaña puede designar a los socios (máximo 3) que heredarán sus derechos sobre el Club de Lectura personal que haya organizado y sobre los ingresos y beneficios asociados-. Para el efecto, podrán registrar estos socios herederos en su panel de administración personal.

 Artículo 8. – Aprobación. Reglamento expedido el 20 de junio de 2026